El Decreto Legislativo 1585 y su Aplicación por Favorabilidad ha sido desarrollado por la Corte Suprema en la Casación 31572022, Selva Central. La norma en análisis modificó el artículo 57° del Código Penal. Estableció que la suspensión de la ejecución de la pena puede darse en una condena de hasta cinco años de pena privativa de libertad, extendiendo en un año lo regulado anteriormente. Luego de verificar circunstancias objetivas y subjetivas se aplica la retroactividad benigna. En la presente entrega, resumimos tan importante Doctrina Jurisprudencial Penal.
Ponente: Dra. Ana Calderón Sumarriva
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